sábado, 18 de marzo de 2017

I- Nociones del Derecho Mercantil

    ¿Qué es el Derecho Mercantil?:


     El derecho mercantil es un conjunto de normas del derecho privado que regula la realización de una serie de actos calificados por la ley que considera como de comercio y establece obligaciones para quienes lo ejecutan.


     El derecho mercantil es enormemente importante porque garantiza un marco de institucionalidad a una práctica que puede considerarse el pilar de la economía. Además, desempeña un papel importante en el desarrollo económico, político y social del país, debido a su intervención directa en la producción e intermediación de bienes y servicios necesarios para la satisfacción de las necesidades de la humanidad.



Historia del Derecho Mercantil:




Fuentes del Derecho Mercantil:



     Llamamos fuentes del Derecho Mercantil a todo aquello que se origina en su aspecto objetivo de norma o regla obligatoria de conducta y constituye, por lo tanto, el modo o forma especial como se desarrolla y desenvuelve esa rama del Derecho. Pueden ser fuentes del Derecho Mercantil:

  • La Ley: Es el conjunto de principios normativos de derecho positivo que disciplinan la materia comercial. La ley mercantil esta representada en primer término por: El Código de Comercio y seguidamente todas las leyes de naturaleza comercial.


    El Código de Comercio, según el artículo 1, rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes.

  • La Costumbre Mercantil: El artículo 9º, del Código de Comercio Mercantil Venezolano establece que las costumbres mercantiles suplen el silencio de la ley, cuando los hechos que las constituyen son uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la República o en una determinada localidad y reiterados por un largo espacio de tiempo que apreciaran prudencialmente los jueces del comercio. Su importancia esta dada por el origen del derecho mercantil, sirve para interpretar la voluntad de la costumbre o para suplir el silencio de la ley

  • La Jurisprudencia: Son las distintas sentencias declaradas por el tribunal competente de la Republica que se van acumulando y a su vez van sirviendo como fuente para otro caso de la misma naturaleza.

Características del Derecho Mercantil:

     El Derecho Mercantil tiene cinco características  básicas:

  • Es un derecho profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los empresarios.

  • Es un derecho individualista; al ser una parte del derecho privado que regula las relaciones entre particulares y por lo tanto deja de lado aquellas relaciones jurídicas en las cuales intervienen los poderes públicos.

  • Es un derecho consuetudinario ya que a pesar de estar codificado se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes.

  • Es un derecho progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales y económicas el derecho mercantil ha de ir actualizándose.

  • Es un derecho global/internacionalizado; las relaciones económicas cada vez son más internacionales por lo que este derecho ha tenido que hacerlo también, para lo cual diversos organismos trabajan en su normativización internacional.


Derecho Comunitario:


     Se llama derecho comunitario al derecho de la integración, en el entendido de que este proceso forma o tiende a formar comunidades de naciones con idénticos propósitos. 


     Entendiendo el concepto de integración en sentido amplio, es decir, como todo acuerdo entre Estados para lograr una mejor relación entre ellos en distintas materias, especialmente en la económica, Venezuela tiene suscrito varios acuerdos que establecen diferentes formas y grados de integración, tales como los acuerdos de alcance parcial, los de complementación económica y los de libre comercio.


     Algunos acuerdos de este tipo suscritos por Venezuela, vigentes en la actualidad, son: el Tratado de Montevideo (ALADI o Asociación Latinoamericana de Integración), los que constituyen la ALBA (Alternativa Bolivariana de América Latina y el Caribe) y el Acuerdo de Complementación Económica Venezuela-MERCOSUR.


Incidencia del Derecho Comunitario en el Derecho Mercantil:


     En el derecho comunitario existen 2 normas:

  • Reglamento: En la Unión Europea sería el equivalente de la ley. Es aplicable en todos los estados miembros.

  • Directivas. Las sociedades y los contratos. Gran parte de las nuevas normas del derecho mercantil (modificación de la ley de S.A., contratos de agencia,...) deriva de las exigencias de las directivas. Se diferencia del reglamento en que en ésta se tiene que conseguir un determinado resultado. La directiva por si misma no es de aplicación directa, requiere que el Estado miembro interprete la directiva y la concrete en una norma.

     Referencias Bibliográficas:
  • Código de Comercio Venezolano (1955)
  • Mármol Marquís, H (1978). Fundamentos de Derecho Mercantil. Caracas, Venezuela

     Referencias Electrónicas:
  • http://www.monografias.com/trabajos17/derecho-mercantil/derecho-mercantil.shtml#ixzz4b227O7Kw
  • http://tamayo-tamayo.com/articulo-derecho-mercantil
  • https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_mercantil
  • https://www.upf.edu/integracionenamerica/PAISESMAPA/venezuela/


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